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miércoles, 5 de abril de 2023

Mentes corruptas siguen administrando justicia en República Dominicana , cae otro juez en Pedernales

CODIGO 32

El Poder Judicial de Republica Dominicanas comprobó que el juez Juan Francisco Consoró recibió dinero como “pago de servicios” e intervino en caso de cuñado relacionado con el narcotraficante conocido como Cesar el Abusador.

La Inspectoría General del Consejo del Poder Judicial atribuye al magistrado el aceptar o recibir, directa o indirectamente comisiones en dinero o en especie, gratificaciones, dádivas, obsequios o recompensas como pago de servicios inherentes al cargo que desempeña y realizar diligencias para favorecer a su cuñado en el proceso de allanamiento realizado por el caso de César El Abusador.

Debido a que violó varios artículos de la Ley 327-98 sobre la Carrera Judicial y del Reglamento de Aplicación de la referida normativa, el Consejo del Poder Judicial destituyó en el ejercicio de sus funciones al juez del Juzgado de Paz de Oviedo, Robert E. Disla. La misma fue calificada como faltas graves.

En seguimiento al caso, en julio de ese mismo año, Moreta Carrasco se comunicó nuevamente al tribunal y se enteró de que el juez persistía en ausentarse.

El juez fue destituido por haber recibido dinero para poner en libertad a una persona acusada de narcotráfico; recibir dinero de su secretaria y de abogados que litigan en su tribunal; haber recibido dinero para emitir un auto de no ha lugar en la audiencia preliminar del caso conocido como Los Tres Brazos y realizar diligencias para favorecer a su cuñado en el proceso de allanamiento realizado por el caso de César el Abusador.

El Poder Judicial pudo comprobar que el hoy exjuez aplazó por tres ocasiones una audiencia de solicitud de medida de coerción en contra Sidney Rafael Matías Pérez, alias El Fuerte, para “completar la negoción” de libertad de este hombre, “recibiendo dinero” en la provincia de Santiago, lugar de origen del imputado y su familia.

Explica, además, la resolución que Matías Pérez había sido acusada a 8 años de prisión por narcotráfico, cumpliendo 5 años de prisión y tres condicionales e incurrió en el mismo delito, por lo que el juez debió enviarlo a prisión y no lo hizo.

Esto se pudo comprobar, por el pago de la compra de un vehículo, además de un audio adquirido por orden judicial a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), en la que Erick Randhiel Mosquea Polanco, supuesto cabecilla de una red de narcotráfico dice que “él la va a aplazar para mañana para que yo tenga tiempo de buscar eso”, refiriéndose al dinero y a uno de los aplazamientos.

“Todo lo anterior revela la existencia de pruebas y acciones suficientes, serias, precisas y concordantes que, valoradas en su conjunto, comprometen su responsabilidad disciplinaria, y, por tanto, todos los elementos analizados son indicadores de que el juez obró con un comportamiento claramente prohibido por la normativa de Carrera Judicial en su artículo 44 de numeral 5  sobre solicitar, aceptar o recibir, directamente o por persona interpuesta, gratificaciones, dádivas, obsequios, comisiones o recompensas, como pago por actos inherentes a su investidura”, dice la resolución.

Asimismo, en la acusación de haber recibido dinero de su secretaria, quien tenía sueldo de 46 mil pesos y “otra cuenta con ingresos millonarios”, además de recibir dinero de abogados que litigan en su tribunal por un valor que ascendientes a los 4 millones de pesos, el Consejo del Poder Judicial explicó que es un caso penal y no disciplinario.

“Respecto a las operaciones financieras no congruentes con los ingresos percibidos del Poder Judicial por parte del magistrado Juan Francisco Rodríguez Consoró, así como los depósitos efectuados por terceros en sus cuentas bancarias, es preciso señalar que el Consejo del Poder Judicial se encuentra juzgando actualmente en materia disciplinaria. No obstante, dichos hechos podrían exceder el ámbito disciplinario y adentrarse en la esfera de lo penal, debido a la gravedad de las posibles implicaciones, cuyo análisis no abordaremos al exceder nuestras atribuciones. Ante tal situación, resulta esencial que el órgano competente, el Ministerio Público, determine la existencia o inexistencia de actos ilícitos y proceda conforme corresponda”, explicanron.

En el caso de haber salido del país para recibir dinero y de esta forma emitir un auto de no ha lugar en la audiencia preliminar del caso conocido como Los Tres Brazos, el Poder Judicial no pudo comprobar la acusación, aunque cuestionó su salida al exterior, días antes de emitir el fallo.

“Este Consejo aprovecha lo sucedido para indicar que resulta extraño e incluso cuestionable que un juez penal con un proceso en estado de fallo decida salir del país en los últimos días de la deliberación; el disciplinado conforme las pruebas depositadas por la inspectoría salió del país el 19 de mayo de 2022 y volvió el 29 de mayo de 2022, sin establecer causa de fuerza mayor y teniendo la responsabilidad de dictar al día siguiente, el 30 de mayo de 2022, la decisión del proceso a su cargo”, dice el Poder Judicial.

Por último, el Consejo del Poder Judicial pudo comprobar que Juan Francisco Consoró realizó “diligencias para favorecer a su cuñado en el proceso de allanamiento realizado por el caso de César el Abusador.

Sostienen que el 4 de agosto de 2022, día en que se realizó el allanamiento en casa del hermano de su esposa, por una investigación de lavado de activo, este llamó por teléfono y pidió hablar con el fiscal encargado, estableciendo “que él conocía a las personas de ese apartamento y que la documentación estaba en regla en orden, no relacionada a ningún tipo de ilícito”.

Asimismo, pidió una cita con el fiscal, al cual le presentó papeles de la adquisición de la propiedad allanada, “abogando nuevamente por el ciudadano investigado”.

“Por lo que, no es correcto que un juez, ni siquiera estableciendo que asiste en calidad de ciudadano, se presente a las oficinas de un fiscal para investigar sobre una actuación o justificar la procedencia de un bien inmueble. El juez debe, en todo momento, mantener una actitud imparcial frente a los demás, absteniéndose de realizar cualquier actuación que pueda cuestionar su buen ejemplo o afectar la imagen del Poder Judicial”, dice la resolución.

Desde agosto del año 2021 a marzo del año 2022, Dila de León, conoció 12 procesos de medidas de coerción, en los cuales dictó varios autos de fijación por lo que se determinó que el magistrado sólo conocía los martes y miércoles, y que los ciudadanos se encontraban privado de libertad de cuatro a siete días, más de lo razonable, entre el lapso de la solicitud de la medida por parte del Ministerio Público y el conocimiento de la medida.

Se recuerda que el Consejo del Poder Judicial emitió una resolución disciplinaria contra el otro magistrado Juan Francisco Rodríguez Consoró, en donde lo destituye como juez miembro del Poder Judicial por faltas graves en el ejercicio de sus funciones.

Alcalde de Bayaguana denuncia Los Haitises han sido abandonados a merced de los incendios forestales

CODIGO 32

El alcalde de Bayaguana, Manuel Pantaleón, denunció  que el ministro de Medio Ambiente, Miguel Ceara Hatton, ha soltado a su suerte la provincia Monte Plata, la cual ha sido fuertemente afectada por los incendios forestales que se han generado en los últimos días debido a la sequía que afecta al país.

El ejecutivo municipal  dijo que esa dirección de Medio Ambiente Ambiente  en Monte Plata  ha sido desmantelada, ya que en la misma   había 400 empleados que dejaron  menos de 20, lo que ha provocado que no haya logística para enfrentar los incendios forestales que se producen en esa provincia.

Dijo que más del 60% de los bosques han sido desmantelado, especialmente en la zona de Los Haitises.

Sin embargo el  también ex gobernador de Monte Plata reconoció que  el actual director provincial de Medio Ambiente, Francis Lluberes, tiene las mejores intenciones para evitar que los incendios forestales destruyan los   bosques del parque nacional Los Haitises y demás  áreas verdes y recursos naturales de la  provincia, pero que no tiene ayuda gubernamental para evitarlo.

Sostuvo el alcalde, que es triste que teniendo Monte Plata el 73 % del territorio del Parque Nacional de los Haitises el gobierno sea indolente antes está destrucción definitiva de la zona boscosa.

El alcalde hizo un llamado al presidente Luis Abinader para que fortalezca el apoyo a esta zona, porque la conservación de sus bosques es necesaria para la vida y el país.

El periodismo debe ser un apostolado para informar, educar y orientar al pueblo

CODIGO 32


En República Dominicana, el 5 de abril está consagrado como el día nacional del periodismo, profesión que ayuda a preservar la democracia y la justicia de los pueblos.

Un periodista es la persona que se dedica a recolectar informaciones, sobre hechos novedosos, de interés general, tangibles, de trascendencia humana y de protección a la naturaleza o de comportamientos humanos en sociedad, comprobar su veracidad, evaluar su impacto positivo, transformarlos en noticia y darlas a conocer a través de los medios de comunicación de masa a su alcance.

El periodista debe ser un apóstol de su profesión, con vocación de servicio entregado a su labor, libre de prejuicios, henchido de principios morales, interesado en informar para educar, orientar, denunciar, solucionar problemas y aportar al desarrollo de la sociedad, con sentido humano y del bien común.

El buen periodista no es el que consigue la información relevante, breve y exacta en el menor tiempo posible y la convierte en impacto, sino aquel profesional que recolecta los datos, los analizas y los da a conocer con el objetivo de servir una información beneficiosa para la colectividad.

Ser periodista, según la opinión de quienes trabajan en esta profesión, es ganarse el derecho a entrar en contacto con los protagonistas de acontecimientos y conocer de manera directa conflictos, problemas, éxitos, fracasos, iniciativas, cambios, historia y vida de la gente y la sociedad.

Existen principios morales y leyes que guían la labor del periodista y los principales son el respeto por la verdad y el rigor en la búsqueda de la información fidedigna y verificable, así como la autenticidad de la redacción de la noticia.

El respecto a los valores humanos, la privacidad de las personas y su integridad física y moral debe ser parte de los principios y reglas del periodista al publicar una información.

El periodismo está regido por estrictas normas de ética y otros valores deontológicos establecidos (profesionalismo), siempre considerando los Derechos Humanos como agente recto, nunca informar por ser el primero sin conocer el impacto de la información.

Con la revolución digital han surgido tres tipos de periodismo: el periodismo tradicional, el periodismo participativo visto en la llamada web 2.0, donde los ciudadanos generan sus propios canales de distribución como el blog— y el periodismo ciudadano, que es usado por los medios tradicionales que solicitan de la ciudadanía compartir con los medios noticias que ocurren en su entorno con informes de audio, fotos o vídeos.

En fin Informadores, comunicadores, transmisores de sucesos, noticias y en general, información; el periodista es el profesional que mantiene informada la sociedad y, por supuesto, tiene su día para celebrar ese oficio. El Día Nacional del Periodista se celebra el 5 de abril de cada año.

Esta fecha se escogió porque conmemora el nacimiento del periódico El Telégrafo Constitucional de Santo Domingo, primer periódico dominicano que circuló en el año 1821, cuyo editor fue José Núñez de Cáceres, a quien se señala como el fundador del periodismo en el país.